De acuerdo a la resolución general de la AFIP (RG n° 2820), se creará un Registro de Operaciones Inmobiliarias, al cual se deberán adherir ‘las personas físicas, sucesiones, sociedades, empresas, fideicomisos, condominios, asociaciones o entidades de cualquier clase, constituidos en el país; establecimientos organizados en forma de empresas estables pertenecientes a personas de existencia física o ideal del exterior, cuando realicen o intervengan en operaciones económicas vinculadas con bienes inmuebles’.
● Esta resolución entrará en vigencia a partir de agosto de 2010, sustituyendo a la n° 2168 y modificatoria.
● Las ´operaciones económicas’ a las que se refiere la resolución: compraventa, alquileres, leasing, y sublocaciones. La obligación de informar sobre alquileres, es para los montos mayores o iguales a $ 8000 mensuales.
● La obligación de informar tendrá lugar inclusive cuando en el período no se hayan percibido alquileres (se consignará ‘sin movimiento’